Una vez ingresado a InnovaChile el proyecto debe pasar por las siguientes 3 etapas: - Elegibilidad, en la que se chequea que tanto los postulantes como el proyecto cumpla con los requerimientos formales que esta línea de apoyo exige.
- Evaluación preliminar, en la que el proyecto elegible es calificado por profesionales del Área Emprendimiento Innovador, o bien, por consultores expertos. Éstos elaboran un informe y emiten una recomendación de aprobación o rechazo.
- Evaluación Final, Independientemente de la recomendación, el proyecto es presentado ante el Subcomité del Área Emprendimiento Innovador, compuesto por actores relevantes del ámbito público y privado, el que lo aprueba o rechaza, o solicita reformulaciones para que pueda volver a ser presentado.
Nota: La evaluación positiva por parte del Área de Emprendimiento Innovador sólo constituye una recomendación para el Subcomité respectivo, siendo este último, la única instancia que decide sobre la aprobación o rechazo del proyecto. |
Una vez que el Subcomité aprueba el subsidio, se firma un convenio de subsidio entre InnovaChile la Beneficiaria, el que regula los derechos y deberes de Comité. Cuando el convenio ha sido tramitado y se han entregado las garantías (depósitos a plazo, póliza de seguros de ejecución inmediata o boleta de garantía bancaria) por parte de la Beneficiaria, se realiza el pago de la primera cuota del subsidio. |
Para obtener orientación, en la Región Metropolitana dirigirse a la oficina central de InnovaChile en Santiago, para contactar a un ejecutivo del Área Sectorial a la que pertenece el proyecto. Éstas son: Biotecnología Energía y Medioambiente, Tecnologías de información y comunicaciones (TIC), Industria alimentaria, Clúster minero e Infraestructura, Turismo de intereses especiales. En caso que el proyecto no pertenezca a ninguno de estos sectores, se debe acudir al Área Multisectorial del Área de Emprendimiento Innovador. En Regiones, dirigirse a las Direcciones Regionales de CORFO para solicitar la asistencia de un ejecutivo de InnovaChile. En la Región del Biobío, dirigirse a la oficina de Innova Bío Bío, la agencia de innovación de CORFO en la VIII Región (Rengo 476, piso 4, Concepción). Web: www.innovabiobio.cl. Es importante leer las Bases de Postulación y sus Anexos para identificar y obtener los antecedentes que se solicitan como requisitos. Asimismo, se deberá llenar el Formulario de Postulación conforme a las pautas exigidas. En este documento se debe expresar claramente el proyecto que se desea realizar, sus etapas, los costos y acciones asociadas a su cumplimiento, poniendo especial atención en las características de los proyectos que subsidia esta línea de apoyo. Para presentar el proyecto, deben llenarse los formularios asociados a este instrumento, que aparecen en la página web de CORFO. La postulación puede entregarse en papel en la oficina de partes, en el edificio de CORFO en Santiago, o en las direcciones regionales de la entidad. También puede realizar la postulación directamente por Internet, por medio del sistema de postulación on-line. En este caso, los documentos legales deben entregarse en papel en la Oficina de Partes. |
En el Formulario de Postulación deberán adjuntarse documentos tales como: - a) En el caso de Universidades Estatales y Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica Privados, reconocidos por el Estado: Copias de sus Estatutos y principales modificaciones; Copias del extracto de constitución o creación publicado y de sus modificaciones (si la hubiere); Certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Educación, en caso de las entidades de Educación Superior reconocidas por el Estado; entre otros.
- b) Personas jurídicas con o sin fines de lucro, de derecho privado, constituidas en Chile, con experiencia en apoyo a emprendimientos: Copia de escritura de constitución de la beneficiaria o de sus Estatutos y se sus principales modificaciones (si la hubiere), incluyendo copia del instrumento en que conste la personería del representante y sus facultades; Copia del extracto inscrito y publicado, además de sus modificaciones; entre otras.
- c) Entidades Tecnológicas Nacionales dependientes de Universidades con personalidad jurídica propia: Copia de la escritura donde consten los Estatutos y de sus principales modificaciones, incluyendo copia del instrumento en que conste la personería el representante y de sus facultades; Copia del extracto inscrito y publicado, además de sus modificaciones (si las hubiere), entre otras.
Nota: El listado completo de los documentos requeridos para postular puede obtenerse de las bases de esta línea de apoyo. |
Una vez que el Subcomité del Área de Emprendimiento Innovador toma una decisión, se informa mediante una carta dirigida a la beneficiaria en la que se señalan las condiciones de aprobación o las razones de rechazo, según sea el caso. |
Los plazos varían según la especificidad de cada proyecto. No obstante, los proyectos de esta línea de apoyo tardan en promedio 40 días desde su ingreso hasta que el Subcomité los aprueba o rechaza. |
La ejecución de los proyectos no podrá exceder los 6 años. |
Los recursos a utilizar en los proyectos que se presenten deberán considerar las siguientes actividades financiables:
a) Gestión y operación de la Incubadora.
b) Programa de capacitación del personal de la Incubadora, tales como: estrategia, gestión, control de procesos, negociación e internacionalización de emprendimientos.
c) Plan comunicacional y de difusión, Web para captar emprendimientos y actividades relativas al posicionamiento de la incubadora, entre otros.
d) Evaluar y mejorar las metodologías en los procesos de selección, diagnóstico e incubación.
e) Actividades de coordinación con otros agentes o entidades locales e internacionales relacionadas con innovación y emprendimiento que permitan el logro de mejores resultados e impactos.
f) Actividades de aceleración e internacionalización de emprendimientos.
g) Otras actividades asociadas directamente al proceso de emprendimiento.
h) Actividades relacionadas al enfoque de género. |
a) Incubadoras: proyectos de incubadoras de negocios que hayan recibido financiamiento en calidad de beneficiarias del Fondo de Desarrollo e Innovación (FDI) o del Comité Innova Chile para su creación o fortalecimiento, y que se encuentren actualmente en ejecución o que hayan finalizado y, en este último caso, se haya aprobado el Informe Final, se hayan cumplido todas las obligaciones pactadas y se haya suscrito el correspondiente finiquito.
En el caso de incubadoras que tengan en ejecución proyectos del Concurso denominado "Creación de Incubadoras de Negocios", podrán postular a la presente línea de financiamiento, sólo si cumplen con los siguientes requisitos: aprobación del Hito Crítico de la etapa 1 del respectivo proyecto, presentación y aprobación del correspondiente informe y cumplimiento de las obligaciones pactadas. Para estos efectos, la Subdirección de Emprendimiento evaluará si la beneficiaria está en condiciones de desarrollar un proyecto de Operación de Incubadoras.
Por su parte, tratándose de incubadoras que tengan en ejecución proyectos de la Línea de Financiamiento denominada: "Creación de Incubadoras de Negocios", podrán postular a la presente línea de financiamiento, siempre que se hayan cumplido las obligaciones pactadas. Para estos efectos, la Subdirección de Emprendimiento evaluará si la beneficiaria está en condiciones de desarrollar un proyecto de Operación de Incubadoras.
Tratándose de proyectos adjudicados en el ámbito de la Línea de Financiamiento denominada "Fortalecimiento de Incubadoras", los proyectos presentados a la Línea de Operación de Incubadoras deberán contemplar la ejecución de actividades que sean continuación de aquellas presupuestadas en el proyecto anterior.
b) Otras Incubadoras: entendiéndose por tal a personas jurídicas con o sin fines de lucro, constituidas en Chile, creadas mediante otras fuentes de financiamiento públicas o privadas, nacionales o internacionales y que posean trayectoria y experiencia demostrable en apoyo a incubación y emprendimiento, circunstancia, esta última, que será analizada por la Subdirección de Emprendimiento del Comité.
La persona jurídica que postula como Beneficiaria, podrá constituir una nueva persona jurídica con o sin fines de lucro, previa aprobación del Subcomité de Emprendimiento Innovador, anteriormente a la postulación del proyecto o durante la ejecución de este, en cuyo caso, se le reconocerá la experiencia y/o continuidad como ejecutor.
Para el caso en que la nueva persona jurídica se constituya durante la ejecución del proyecto, esta entidad deberá cumplir con los requisitos contemplados en las presentes bases y deberá mantener los elementos esenciales que garantizan la continuidad del proyecto. |
Hasta un 65% del total del proyecto, con un tope máximo anual de $220 millones. |
Todos los días hábiles del año. |
Es un subsidio que apoya la Operación de Incubadoras de Negocios. Las bases aquí publicadas tienen por objeto reemplazar a la línea de "Fortalecimiento de Incubadoras de Negocios". |