Las empresas interesadas deben solicitar el financiamiento en los intermediarios financieros que operan la cobertura: Bice, Corpbanca, Itaú, Santander, Chile y Security. Para ello, deben contar con un informe favorable emitido por el Instituto de Fomento Pesquero (IFOP) o por un profesional calificado por CORFO, que certifica que la empresa salmonera está asociada a un "barrio u otra similar" y que el proyecto de inversión efectivamente mejorará las condiciones sanitarias o ambientales de la empresa. Lo mismo debe ser acreditado en el caso de las inversiones que deseen realizar los proveedores de bienes y servicios de la industria del salmón. |
Las empresas de la industria del cluster del salmón, sean éstas salmoneras que operen en forma asociativa bajo las modalidades de "Barrios u otra similar", o empresas que provean bienes y/o servicios a las anteriores. Ambas situaciones deben estar acreditadas en informe emitido por el Instituto de Fomento Pesquero, IFOP, o por un profesional calificado por CORFO. |
Cobertura complementaria de riesgo para las operaciones de crédito para el financiamiento de proyectos de inversión, incluyendo la modalidad de leasing, que los bancos y otros intermediarios financieros (con clasificación de riesgo BBB- o superior) otorguen a empresas privadas de la industria del cluster del salmón. |
Las Coberturas respaldan operaciones de crédito y de leasing financiero, aprobadas para el financiamiento de proyectos de inversión destinados a mejorar las condiciones de manejo sanitario y ambiental de los cultivos de salmón en el país, tales como: plantas de recirculación, well boats cerrados, tratamiento de efluentes, movimiento de jaulas y/o concesiones, etc.
En la operación se puede considerar un máximo de un 30% del monto del financiamiento, para financiar capital de trabajo relacionado y complementario al proyecto de inversión a ser realizado. |
El plazo de duración es indefinido en el tiempo, pero su mantención dependerá de la necesidad que tengan los beneficiarios por su uso. |
La Cobertura puede ser expresada en Pesos chilenos, Unidades de Fomento, en Dólares de los Estados Unidos de América o en Euros. |
El monto máximo de la cobertura de las operaciones será de hasta el 60% del saldo de capital insoluto de la operación, con un tope máximo de US$ 8.000.000.- por beneficiario final.
Por lo tanto, podrá otorgarse cobertura a más de una operación por el mismo RUT de beneficiario mientras exista margen disponible, y mientras cada una de las coberturas otorgadas no superen el límite porcentual señalado o, en el conjunto de las coberturas, no se exceda el tope máximo de US$ 8.000.000.- antes indicado.
Dicha Cobertura no incluirá intereses, ni gastos de cobranza, ni costas procesales o personales, ni comisiones. |